Examen psicotécnico en Linares

Persona tomando apuntes

En Centro Médico San Marcos comenzamos nuestra actividad profesional en 1985 al amparo de lo dispuesto en el R.D. 2272/82 del 4 de diciembre por el que se determinan las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores de vehículos y por el que se regulan los centros de reconocimiento destinados a verificarlas. Desde entonces hemos sentido una gran responsabilidad con nuestra labor, por ello empleamos los mejores profesionales y medios para conseguir un servicio de calidad.

Servicios

Nuestra especialidad, centrada en la comprobación de las aptitudes psicofísicas a conductores, se ha ido ampliando con sucesivos desarrollos legislativos que han otorgado también a los centros de reconocimiento las competencias para el examen psicotécnico a solicitantes de licencias de armas, vigilantes de seguridad y embarcaciones de recreo.

Entre nuestros servicios, se encuentra la expedición de certificados médicos oficiales para:

• Permiso de conducir.
• Armas.
• Seguridad privada.
• Gruista, móvil y fija.
• Funcionarios.
• Oposiciones.
• Patrón de embarcación.
• Conductores.
• Cazadores.
• Tenencia de animales peligrosos.

No dudes en consultarnos, estamos para atenderte. Visítanos en Linares.

En Centro Médico San Marcos sentimos gran responsabilidad con nuestros clientes, por ello respondemos sus dudas acerca de nuestro servicio de reconocimiento psicotécnico y médico.

En esta página resolvemos sus inquietudes relacionadas con:

• Renovación conducir.
• Duplicado por pérdida o robo.
• Conducir fuera de la UE: permiso internacional.

Renovación conducir

• ¿Puedo aportar la fotografía que yo prefiera para que sea esa la que vaya en mi nuevo carné?

Para poder optar por la tramitación telemática y que usted no tenga que ir a tráfico a renovar, según el protocolo informático al que alude el art.12 del RD 170/2010, la fotografía debe tomarse con nuestra cámara integrada en el sistema de conexión a la aplicación de la DGT y esa es la foto que deberá ir en su carné.

• ¿Hay algún plazo de prórroga para renovar el carné de conducir después de caducado sin que te sancionen?

No. Está expuesto a sanción si se conduce, desde el día siguiente al de la fecha de caducidad.

• ¿Hay alguna multa o recargo en las tasas por renovarlo después de caducado?

No, aunque no puede conducir con el carné caducado.

• ¿Con qué tiempo de caducidad se pierde el carné, y hay que volver a examinarse?

Actualmente ya no existe límite de caducidad para renovar el carné de conducir.

• ¿Con cuánta antelación puedo renovar el carné?
Hasta tres meses antes, y se le respetará la misma fecha de caducidad en su nuevo carné.

• He cambiado de domicilio, ¿tengo que llevar un certificado de empadronamiento?

No, simplemente declararlo en la solicitud que le presentemos. Sí es necesario que nos aporte algún justificante, como recibo de luz, agua, etc.

• Me han realizado cirugía refractiva y ya no necesito usar gafas para conducir ¿qué tengo que hacer para que sea modificado en el carné?

Trascurrido un mes desde la intervención, puede acudir a nuestro centro provisto de informe de la clínica oftalmológica que incluya la fecha de la operación, agudeza visual previa y posterior y si existe alguna secuela.

• Me han dicho que es mejor no declarar estar en tratamiento o declarar alguna enfermedad que no se pueda detectar en el reconocimiento para así evitar problemas, ¿qué puede ocurrir?

Muchas veces se piensa erróneamente que decir la verdad puede acarrear la pérdida del carné por no apto. Realmente esto es muy difícil que ocurra. La función principal otorgada a los centros de reconocimiento no es apartar directamente al ciudadano de la conducción. Esto es un derecho que se debe armonizar con los obligados criterios de seguridad y prevención de riesgos al volante. Lo más probable es que se pueden imponer algunas restricciones a su uso o se le pida, para completar el expediente, un informe externo de su médico de cabecera o especialista. Y, por el contrario, se corren riesgos importantes: la normativa actual de tráfico (arts. 18 y 41 del Reglamento General de Conductores) obliga a informar a jefatura de cualquier circunstancia que pueda afectar a sus condiciones psicofísicas, por lo que, en caso de conocimiento, (autoridades sanitarias, por ejemplo), pueden sancionarle, además de obligarle a hacer nuevas pruebas, aunque haya sido declarado apto por el centro de reconocimiento. Y finalmente, en caso de accidente, su compañía de seguros podría no hacerse cargo de los gastos.

Duplicado por pérdida o robo de mi permiso de conducir

• Me han robado / he perdido el carné de conducir ¿qué tengo que hacer?

En primer lugar, hay que confirmar que le faltaban más de tres meses para que caducara. Si no es así, lo que procede es su renovación. Se puede solicitar un duplicado acudiendo directamente a tráfico. Si tenías el nuevo modelo de carné, el tipo tarjeta, presentarse con su carné de identidad o pasaporte simplemente y solicitar en ventanilla de información el impreso para pedir un duplicado, presentarlo en caja y pagar las tasas. A continuación, esperar su número en la ventanilla que te indiquen. Si tenías el modelo antiguo, el de cartulina rosa, hay que añadir una fotografía. Esta gestión la puedes realizar en el ayuntamiento de nuestra localidad.

Conducir fuera de la UE: Permiso Internacional

• Tengo que renovar / he renovado el carné de conducir, pero necesito conducir en el extranjero ¿puedo hacerlo con el provisional?

No puedes conducir fuera de España con el provisional. Necesitas un permiso internacional. Puedes acudir a tráfico con la autorización provisional expedida por el centro de reconocimiento.

• Me marcho al extranjero y necesito conducir ¿qué tengo que hacer?

Si el país al que vas a viajar no pertenece a la UE tienes que solicitar el permiso internacional, que es válido por un año.

Si tienes más dudas sobre nuestros servicios, no dude en contactarnos. Estamos situados en Linares.

Te ofrecemos un servicio rápido y puntual